Pedro Talavera: «Un registro de objetores al aborto no tiene cabida en nuestra realidad jurídica»

En virtud de la legislación y la jurisprudencia en nuestro país, la objeción de conciencia en el ámbito del aborto es un derecho fundamental y, por tanto, puede ejercitarse e invocarse directamente sin legislación previa que lo regule y sin que exista ningún protocolo específico dentro de los centros sanitarios.

Enrique Mezquita. Valencia – Lunes, 29 de Junio de 2009 – Actualizado a las 00:00h.

Para Pedro Talavera, profesor de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad de Valencia, que ha participado en una mesa redonda sobre este tema en el Colegio de Médicos de Valencia, la protección y las garantías que amparan a este derecho hacen inviables la existencia de un registro de objetores de conciencia, ya que sería inconstitucional al vulnerar «el artículo 16 de la Constitución, que protege la libertad de declarar o no sobre las propias creencias». Según Talavera, «establecer un registro o tratar de obligar a alguien a que manifieste su postura sería inconstitucional y, aunque se pusiera en marcha, duraría muy poco tiempo».

Respecto al proyecto de ley de muerte digna de Andalucía, «el texto deberá someterse a múltiples controles, y las restricciones al derecho de objeción no prosperarán, ya que ninguna legislación, y mucho menos una autonómica, puede impedir a alguien ejercer un derecho fundamental».

Ética de la convicción
Por su parte, Vicente Bellver, director del Master en Bioética de la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud, ha abordado un tema de gran importancia para los profesionales sanitarios: la necesidad de conciliar la responsabilidad con la ética personal. «En un tiempo como el actual, en el que domina sobre todo la ética de la responsabilidad -la persona se adapta permanentemente a las circunstancias y consecuencias previsibles de sus actos-, es fundamental subrayar la importancia de la ética de la convicción -las convicciones del individuo se mantienen imperturbables a pesar de las condiciones externas-«.
Para Bellver, «si se magnifica la ética de la responsabilidad estamos distorsionando la visión ética cabal, que desde mi punto de vista debería integrar las dos visiones. Hay que atender a las consecuencias de nuestros actos, pero no hasta el punto de abdicar de los principios que mueven nuestra vida y nuestras acciones».

http://www.diariomedico.com/2009/06/29/area-profesional/normativa/registro-objetores-aborto-no-tiene-cabida-nuestra-realidad-juridica

 


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