«O se vela por la confidencialidad o nos cargamos la asistencia»

«O velamos por la confidencialidad o nos cargamos la asistencia». Así lo ha señalado Antonio Troncoso, director de la APD de la Comunidad de Madrid, que destaca la importancia de establecer niveles de acceso a la información sanitaria y protocolos de seguridad.
Nuria Siles 15/05/2008
«La mejor forma de garantizar la asistencia es velar por la confidencialidad». Así lo ha manifestado Antonio Troncoso, director de la Agencia de Protección de Datos (APD) de la Comunidad de Madrid en la jornada sobre el Nuevo Reglamento sobre Protección de Datos en el Sector Sanitario organizado por Expansión Conferencias con la colaboración de Diario Médico.

«Cuando un paciente piensa que lo que se dispone a contar a su médico va a ser de conocimiento general por toda el área sanitaria del hospital, lo primero que hace es no revelarle información. O velamos por la confidencialidad o nos cargamos la asistencia».

El profesional enfermo
La desconfianza de los pacientes en relación con la preservación y protección de la información sanitaria que les afecta también existe entre los propios profesionales. Prueba de ello es que «en la Comunidad de Madrid se ha puesto en marcha un conjunto de protocolos para proteger al profesional sanitario enfermo, que no es atendido porque no revela su enfermedad y no lo hace porque no se fía de la confidencialidad de la información sanitaria. Por lo tanto, es elemental establecer niveles de acceso y protocolos de seguridad porque si no lo que se perjudica es la propia asistencia».

Al hilo de esta afirmación, el director de la APD de Madrid ha señalado que «los profesionales sanitarios que no presten o que hayan dejado de prestar atención sanitaria a un paciente no deben acceder a su historia clínica». Los médicos de atención primaria deben hacerlo respecto a los de su cupo, pero no a todos los de ese área. Troncoso ha apuntado que «incluso se ha planteado -es un tema sometido a debate- la posibilidad de que en algunos casos el profesional sanitario no acceda a toda la información clínica del paciente, excluyéndose aquélla que no le interese».

Hay supuestos en los que no es indispensable que un traumatólogo acceda a la información psiquiátrica o ginecológica de la persona a la que está atendiendo. «Se habla así de la necesidad de unos sobres diferenciados dentro de la historia clínica electrónica como garantía de la confidencialidad».

Según el director de la APD de la Comunidad de Madrid, «en todo caso, el establecimiento de niveles de acceso no debe perjudicar la asistencia, por la primacía del derecho a la vida sobre el derecho a la intimidad. No olvidemos que se ha superado la fase de una visión especializada para recuperar una visión más integral del paciente. Hay que tener claro que si no se vela por la confidencialidad de la información sanitaria la primera perjudicada va a ser la actividad asistencial».

Si los profesionales sanitarios pueden acceder a toda la historia clínica de sus pacientes, en cambio el personal de administración y gestión de los centros sanitarios, no están legitimados para un acceso total.

En cuanto al nuevo reglamento, Troncoso ha señalado que tiene aspectos negativos, pero también otros positivos que han aportado una mayor seguridad jurídica.


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