Los documentos sobre voluntades anticipadas son demasiado genéricos

Más de 23.000 catalanes disponen de un testamento de voluntades anticipadas registrado en el Departamento de Salud de la Generalitat, en un 50 por ciento redactados y firmados ante notario, pero eso no les garantiza que pueda ser utilizado en clínica si es preciso.
Carmen Fernández. Barcelona 27/01/2009
El motivo: en su mayor parte tienen un contenido demasiado genérico y, por tanto, ayudan poco a los médicos a tomar decisiones al final de la vida del paciente titular, según ha informado a Diario Médico Josep Maria Busquets, responsable de bioética de la consejería. Por ese motivo, los médicos, y todo el sector sanitario, deberían implicarse más en este asunto, ha explicado Busquets, que ha participado en la jornada Mejorando la utilidad de los documentos de voluntades anticipadas, organizada por la consejería en colaboración con la Mutua de Tarrasa.

De los documentos registrados en el departamento (hay más porque el registro no es obligatorio) destaca que los titulares son en un 60 por ciento mujeres; hay personas de todas las edades pero, especialmente, mayores de 55 años, y en su mayor parte son individuos que han vivido un fin traumático de familiares o amigos. El 50 por ciento de los documentos se han suscrito ante notario (la otra vía es ante tres testigos, dos de los cuales no pueden tener relación de parentesco o patrimonial).

Salvador Quintana, miembro del comité de ética y jefe de medicina intensiva de la Mutua de Tarrasa, ha explicado, por su parte, que es importante que los médicos de primaria y los dedicados al tratamiento de pacientes con enfermedad neurológica progresiva, cáncer o patología crónica neumológica o cardíaca se impliquen especialmente.

«Estos documentos tienen que redactarse bien, para que realmente sirvan de ayuda a la toma de decisiones y descarguen de responsabilidad a los familiares de los pacientes cuando éstos ya no puedan expresar sus deseos», ha manifestado. También ha apuntado la necesidad de que se impliquen los profesionales de residencias sociosanitarias, aunque esto es más complejo puesto que la mayor parte de los ingresados lo hacen cuando ya presentan dependencia o deterioro cognitivo.

Quintana sugiere que, además de los documentos de voluntades anticipadas regulados legalmente, se considere la posibilidad de elaborar un plan sustitutivo con ayuda del enfermo (qué hacer ante situaciones previsibles en función de la patología). Por ejemplo: a partir de qué momento se dejará de recurrir a transfusiones, alimentación o ingreso en hospitales o UCI.

Fácil acceso
Salvador Quintana, de Mutua de Tarrasa, ha precisado que cuando les llega un paciente a urgencias en condiciones que requieren tener acceso a su documento de voluntades anticipadas no tienen problemas para acceder al registro centralizado del Departamento de Salud de la Generalitat pero, teniendo en cuenta que no todos los documentos se registran formalmente, a su juicio sería importante que al menos tuviesen constancia de ellos (y de su contenido) los médicos de primaria y especialistas que atienden habitualmente al enfermo. En el entorno de la Mutua de Tarrasa entre el 70 y el 80 por ciento de los documentos se suscriben ante notarios, que se encargan de registrarlos, y sus titulares son mayoritariamente de nivel intelectual medio-alto.

http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1198599.html


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