Valoración de la madurez
Núria Terribas, directora del Instituto Borja de Bioética, de la Universidad Ramón Llull de Barcelona, ha señalado que la Ley 41/2002 es clave que «la responsabilidad de valorar el grado de madurez del menor en función de la decisión a tomar, recae en el profesional». Por ello, ha señalado que «debe documentar muy bien todo el proceso en la historia clínica, remarcando en qué se ha basado para otorgar esa graduación al paciente». De esta forma, el profesional implicado tendrá los argumentos precisos para poder sostener esa decisión.
Montserrat Esquerda, pediatra del Centro de Salud Mental Infanto-juvenil de Lérida y profesora de Bioética en la Universidad de esa localidad, ha hecho hincapié en la «imposibilidad de generalizar» respecto a la competencia de un menor en la toma de decisiones, lo que implica que «se debe ir a la casuística».
Según Esquerda, la valoración de esa competencia «hay que verla como un proceso», destacando que intervienen factores personales, pero también familiares y culturales, en la toma de decisiones. Además, ha resaltado que «muchos temas de menores están relacionados con la sexualidad, y en ellos siguen pesando muchos los valores, que generalmente están implícitos». En contraste, «el tema del menor maduro cuando es un enfermo crónico es un gran desconocido».
Según María Elena Martín, cirujano pediátrico del Hospital General Universitario de Alicante, es muy importante que los profesionales «se ganen la confianza del adolescente», ya que también se trata de «una inversión para su salud del futuro». A su juicio, «respetar la confidencialidad es clave para lograrlo».
Entre los temas de la práctica clínica diaria relacionados con el menor maduro que generan más dudas al profesional, se encuentran los relacionados con la píldora postcoital, la prescripción de medicamentos, el consumo de drogas y las revisiones de salud y vacunación.
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