La falta de CI escrito, impune si se prueba que se informó

 El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha absuelto al Servicio Gallego de Salud de una demanda por falta de información. El fallo admite que no hubo consentimiento escrito, pero da por válido el consentimiento tácito que se deduce del resto de los documentos aportados.

Marta Esteban – Lunes, 4 de Mayo de 2009 – Actualizado a las 00:00h.

a Ley de Autonomía del Paciente y las normas autonómicas que han regulado esta materia es clara al exigir el documento escrito de información en intervenciones quirúrgicas. Aunque su omisión ha sido calificada por los tribunales como una infracción de lex artis, no siempre lleva aparejada una condena si se llega a demostrar que el paciente conocía los riesgos y que consintió, pese a no especificarse en un documento. Así se desprende de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la que se absuelve al Servicio Gallego de Salud (Sergas) y a su aseguradora de la demanda interpuesta por un enfermo que alegaba falta de información previa en un operación quirúrgica.

Hechos concurrentes
El tribunal autonómico es claro al calificar la omisión como algo irregular, pero deduce que el paciente fue informado por el resto de documentos aportados al proceso, tales como la hoja de autorización para la anestesia, los antecedentes clínicos del enfermo -fue intervenido de la misma patología diez años antes- y del escrito de inclusión del paciente en la programación de cirugía.

El fallo, que ha estudiado el caso de un enfermo que se sometió a una helilanectomía y una disectomía, sufrió una lesión de las raíces nerviosas y la aparición de fibrosis, incluidos como riesgos inherentes a la intervención. La sentencia, que admite las argumentaciones de Luis Vázquez Forno, letrado de los servicios jurídicos del Sergas, recuerda la obligación legal de recabar el consentimiento escrito y que corresponde al facultativo probar que se llevó a cabo. Ahora bien, «aun no existiendo la constatación escrita sí consta el consentimiento firmado por el interesado para la anestesia general, lo que unido a la solicitud de inclusión en la cola de programación y a la declaración del servicio de Neurocirugía de que el paciente fue informado y el hecho de que se trataba de una persona que había sido sometida diez años antes a una intervención semejante no puede llevar a la afirmación de que el paciente no recibió información adecuada».

El fallo da por válido el consentimiento tácito del paciente a la intervención y a los posibles riesgos.

http://www.diariomedico.com/2009/05/04/area-profesional/normativa/falta-ci-escrito-impune-si-prueba-se-informo


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