La complejidad de la técnica conlleva la asunción de riesgos

Un juzgado ha absuelto al SAS de la demanda de una paciente a la que se le desplazó un coil implantado en un microaneurisma cerebral. Según la sentencia, ese riesgo entra dentro de las embolizaciones de los aneurismas cerebrales y la paciente fue informada de ello.

Gonzalo de Santiago 25/03/2008

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Sevilla ha valorado «la altísima complejidad técnica de la embolización de aneurismas cerebrales» para absolver al Servicio Andaluz de Salud (SAS) de la demanda de una paciente que sufrió el desprendimiento de un coil que se le colocó en un microaneurisma cerebral.

La demandante alegaba que mientras se le practicaba la embolización para colocarle el coil -una espiral de platino de 2 milímetros de diámetro- se produjo un error humano o un fallo mecánico.

Según adujo, este error provocó una pérdida de control del coil antes de ser insertado en el aneurisma y migró de forma incontrolada por la arteria. Ello le ha causado los siguientes daños: pérdida total de la sensibilidad en la mano derecha, continuos dolores de cabeza, disminución auditiva, pérdida del sentido de la orientación y bastante dificultad para hablar y escribir. Además, la enferma tampoco entiende el significado de algunas palabras sencillas.

El diagnóstico médico que corresponde a estos daños es disartria, monoparesia e hipoacusia. Como consecuencia de estas secuelas la afectada padece una minusvalía del 40 por ciento, por lo que reclamaba una indemnización de 148.000 euros, ya que «el fallo, sea mecánico o humano, no es frecuente y no vino reflejado en el consentimiento informado suscrito».

La sentencia, que recoge las argumentaciones de la asesoría jurídica del SAS, cuyo subdirector es Rafael Cáliz, recoge que «la embolización de aneurismas cerebrales es un procedimiento técnico de altísima complejidad, que se lleva a cabo en muy pocos centros muy especializados y que conlleva riesgos siempre significativos, especialmente de isquemia cerebral, pudiéndose soltarse el coil y migrar justo en el momento de ser depositado en la cavidad, que al parecer es lo que ha ocurrido en este caso».

El juzgado se apoya en el informe de los médicos que la intervinieron y que recogía que el desprendimiento se debió a factores ajenos a una mala práctica médica como la forma del aneurisma, el tipo de entrada de flujo sanguíneo en su cavidad o el torbellino de flujo sanguíneo.

Además, razona que la parte demandante no ha acreditado que fallase la máquina y otorga veracidad a uno de los médicos actuantes, que no detectó ningún error en su funcionamiento. «No entiendo que haya que dudar de su testimonio, ya que la responsabilidad recaería sobre la empresa que vendió la máquina y tenía contratado su mantenimiento», argumenta la magistrada. Además, no consta ningún parte al servicio de asistencia técnica por avería.

Hay consentimiento
Por último, la magistrada considera que tampoco existe responsabilidad por falta de consentimiento informado del riesgo finalmente acaecido y en este punto comparte el criterio del dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, que señala que el riesgo del que fue informado sobre obstrucción de vasos en lugares no deseados «comprende el daño causado por la migración del coil al ser colocado y los daños isquémicos que ello supuso».

Fuente: Diario Médico


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