Las multas previstas en el anteproyecto sólo se aplicarán al médico que ejerza en la sanidad privada, no al de la pública, para el que seguiría vigente el régimen sancionador del Estatuto Marco. El diferente trato que el anteproyecto otorga a uno u otro facultativo es relevante, pues el Estatuto Marco prevé sanciones como la separación del servicio, el traslado forzoso, la suspensión de funciones, pero ninguna de carácter pecuniario. ¿Por qué esta diferencia de trato entre ambos profesionales?
Leyes como la que Andalucía intenta poner en marcha no sólo deben velar y garantizar los derechos de los pacientes -en este caso uno de los grupos más vulnerables, los terminales-, sino que la Administración también debe proteger a sus profesionales, pues al fin y al cabo ellos son el instrumento para garantizar esos derechos.
Hágase una ley sobre muerte digna, pero no amenace al médico con posibles sanciones. Confíe en la profesionalidad de sus facultativos que día a día trabajan por y para sus enfermos, sean terminales o no.