Dignidad humana, creacionismo y la ONU | |||
Rubén Lisker | Opinión |
Miércoles 27 de Mayo, 2009 | Hora de modificación: 03:57
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El pasado 24 de marzo me invitaron a comentar una publicación reciente de la Comisión Nacional de Bioética intitulada “La clonación humana en la Organización de las Naciones Unidas (ONU)”, cuya autora es la doctora Lourdes Motta Rodríguez. Su lectura y análisis esclareció algunas dudas que tenía sobre el significado de la frase “dignidad humana” en este contexto, que me gustaría compartir con los amables lectores. Empiezo por aclarar que por clonación se entiende a un conjunto de células u organismos genéticamente idénticos entre sí, originados por reproducción asexual a partir de una única célula u organismo. Se habla de dos tipos de clonación, denominadas respectivamente: reproductiva y terapéutica. El propósito de esta última no la reproducción, por lo que resulta un tanto extraño llamarla clonación, y se usa el término porque experimentalmente ambos procedimientos se inician igual. Los dos empiezan por la transferencia del núcleo de una célula somática a un óvulo enucleado, se cultivan unos días en el laboratorio y, en la primera, el embrión resultante se introduce al útero de un animal de la misma especie (nunca se ha realizado en el hombre), buscando un embarazo que termine con el nacimiento, y en la segunda, se destruye el embrión a los seis días de formado cuando estaría en fase de blastocisto en el hombre, para obtener las células troncales totipotenciales, de las que hay alrededor de 150 y se busca diferenciarlas hacia diversos tejidos. La idea es usarlos como trasplantes específicos e intentar curar numerosa enfermedades hoy intratables, como la diabetes juvenil y las enfermedades de Alzheimer y de Parkinson, entre otras. Me referiré brevemente al libro comentado. Sugiere que el avance vertiginoso de la biotecnología, yo pienso que en concreto el nacimiento de la oveja Dolly en 1997 logrado por clonación, pues antes ni a los medios ni al público en general les interesaba el tema, planteó en su momento la posibilidad de clonar seres humanos, lo que llevó a la ONU a sentir la necesidad de elaborar una convención internacional contra la clonación de seres humanos con fines reproductivos, en el entendido que se pretendió que la resolución tuviera fuerza jurídica vinculadora para los Estados miembro. La obra describe cómo en diciembre de 2001 la Asamblea General decidió establecer un Comité Especial para elaborar la convención ya señalada, y lo ocurrido hasta la adopción de una declaración, el 8 de marzo de 2005. Las declaraciones no son de adopción obligatoria y cada uno de los países deberá decidir con sus correspondientes cuerpos legislativos lo que les conviene hacer. Se reproduce la explicación del voto de México en 2005, que junto con otros 83 países decidieron apoyar la prohibición total de la clonación. Se hace ver además que 108 países no emitieron un voto favorable, si se suman a los 34 que se opusieron, los 37 que se abstuvieron y otros 37 que no estuvieron presentes, y según mis cálculos, estos países incluyen alrededor de 75 por ciento de la población mundial. Dos puntos destacan de la explicación de México: a) La insistencia en decir que se buscó siempre respetar la dignidad humana; y b) La incapacidad de distinguir entre la clonación con fines reproductivos de la encaminada a conseguir células totipotenciales, para usarlas como agentes terapéuticos. Esto último, en mi opinión, simplemente refleja ignorancia del tema y falta de asesoría adecuada, sin descartar que sí la tuvieron pero decidieron no hacer caso. En contraste con esta votación, la postura de México en 2003 fue votar por una prórroga de 2 años para no tomar una decisión precipitada, y todavía en octubre de 2004 la delegación mexicana propuso que dado que uno de los pocos puntos de acuerdo generalizado era la oposición a la clonación reproductiva, se votara en ese sentido, dejando que cada uno de los países decidiera qué hacer con la “clonación terapéutica”. No sé lo que ocurrió, pero supongo que la presión de los grupos más conservadores modificó esta postura. En sus reflexiones finales, la autora destaca que el texto de la declaración aprobada no es suficientemente claro y contundente, ya que se pretendía la prohibición total del procedimiento, pero en el preámbulo de la declaración se refieren al artículo 11 de la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos de la propia ONU, el cual señala exclusivamente la prohibición a la clonación reproductiva, calificándola como una práctica “contraria a la dignidad humana”. La parte final de la obra está formada por 34 anexos que identifican las diferentes propuestas realizadas a lo largo del proceso. A mí me interesó mucho el anexo 26 llamado “consideraciones de la Santa Sede sobre la clonación humana”, por ser el único documento que define lo que se quiere decir con dignidad humana, frase que en este contexto se usa mucho y siempre me ha dejado un tanto perplejo, en particular cuando se refiere a una sola célula (el cigoto) o al blastocisto. Dice a la letra “aquí la dignidad significa la valía intrínseca que comparten de manera común e igual todos los seres humanos, independientemente de sus condiciones sociales, intelectuales o físicas. Es esa dignidad la que nos obliga a respetar a todos los seres independientemente de su condición y en especial si necesitan protección o cuidado. La dignidad es la base de todos los derechos humanos. Estamos obligados a respetar los derechos de los demás porque en primer lugar reconocemos su dignidad”. No aclara todo, pero parecería que somos “especiales” y en esencia distintos a otros organismos vivos, lo que no cuadra bien con el espíritu darwiniano que caracteriza este 2009, en el que celebramos el 200 aniversario del nacimiento del genio inglés que cambió para siempre, eso pensaba yo, la concepción que el hombre tenía de sí mismo, y que así como Copérnico substituyó el geocentrismo de Ptolomeo y Aristóteles por el heliocentrismo (la Tierra y los demás cuerpos celestes giran alrededor del Sol y no de nuestro planeta), Darwin rechazó el antropocentrismo. El hombre no se creó como el centro del Universo, se ha convertido en la especie dominante por un proceso ciego, la selección natural y no por designio. Ruth Macklin, profesora norteamericana de ética médica, publicó en 2003 un artículo intitulado “la dignidad es un concepto inútil”, en el que señala que la literatura, en particular los documentos internacionales, está llena de referencias a la dignidad del hombre, con frecuencia relacionada con asuntos genéticos o técnicas reproductivas. Un análisis minucioso le sugirió que no constituyen más que frases imprecisas sin ningún sentido adicional de lo implícito en el respeto a las personas o a su autonomía, incluyendo la necesidad del consentimiento informado, la protección de la confidencialidad y la necesidad de evitar prácticas discriminatorias o abusivas. En parte, por este artículo, el Consejo de Bioética del presidente Bush decidió analizar a fondo el problema, solicitando a sus miembros y a algunos invitados que escribieran una serie de ensayos sobre el particular. El producto final fue una obra llamada “Bioética y el asunto de la dignidad humana”, que se publicó en el 2008. El libro es voluminoso y colaboraron 23 profesionales de la bioética, quienes representan un amplio espectro de opinión, que va desde el punto de vista laico hasta el religioso. Como es natural, hay diversos puntos de vista, pero parecería que la mayoría de los autores opinan que la dignidad humana en este contexto es un concepto netamente religioso, relacionado directamente con la idea de un Dios creador. Lo que sucede, dicen algunos, es que a los académicos modernos no les gusta hablar de religión en asuntos que competen por igual a religiosos que a no religiosos. Uno de los autores señala que las discusiones sobre el particular le recuerdan a cuando un grupo de adultos no quiere que los menores presentes en la discusión se enteren de lo que están hablando y para ello abusan del uso de frases crípticas y convenientemente confusas. En otras palabras, la reiterada defensa de la dignidad humana como principio fundamental de la toma de decisiones en la ONU significa, en rigor, que en esa organización, cuando menos en este caso, triunfó el creacionismo sobre la ciencia, a pesar de las aplastantes aportaciones modernas apoyando la propuesta de Darwin, lo que resulta muy preocupante. *Investigador Emérito, Director de Investigación del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán * Miembro del Consejo Consultivo de Ciencias de la Presidencia de la República (CCC) http://www.cronica.com.mx/notaOpinion.php?id_nota=435095
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